CONDE SERA JUZGADO POR ESTAFA, APROPIACIÓN INDEBIDA Y FALSEDAD
Según un auto hecho público en Madrid, el ex banquero Mario Conde sería juzgado por dos delitos de apropiación indebida, tres de estafa y uno de falsedad cometidos durante su gestión al frente del Banco Español de Crédito (BANESTO).
El auto de apertura del juicio por el "caso BANESTO", dictado por el juez Manuel García-Castellón, incluía como inculpados el ex vicepresidente del banco Arturo Romaní, los ex consejeros Enrique Lasarte, Rafael Pérez Escolar, Ramiro Nuñez, Fernando Garro y Juan Belloso, y el presunto testaferro de Conde, Eugenio Martínez.
El juez exigía a los acusados que en 24 horas hagan efectiva una fianza de 16.281 millones de pesetas para enfrentar las posibles responsabilidades que se deriven del juicio que, según un abogado de las partes personadas, podría celebrarse a finales de año o principios de 1997.
Los delitos por los que sería juzgado Mario Conde suponían una pena de hasta 35 años de cárcel, según el nuevo código penal que acababa de entrar en vigor.
La apertura de juicio oral puso fin a un proceso que empez├│ 16 meses antes al acusar el fiscal a Conde y a otros ex consejeros de BANESTO de apropiaci├│n indebida, falsedad en documento mercantil y maquinaci├│n para alterar el precio de las cosas.
Conde, símbolo del enriquecimiento rápido en la España de los años ochenta, presidió BANESTO desde 1987 hasta diciembre de 1993, cuando la entidad fue intervenida por el Banco de España tras detectarse graves irregularidades en su gestión, que causaron un "agujero" de unos 5.000 millones de dólares.
Un año después de la intervención de BANESTO, García-Castellón envió a la cárcel al ex banquero tras acusarlo de una estafa de 56 millones de dólares y apropiación indebida por su gestión de BANESTO. Conde abandonó la prisión tras pagar 15 millones de dólares de fianza y permanecer en ella 37 días.
También estuvo en la cárcel Arturo Romaní, considerado mano derecha de Conde y el "cerebro" de las operaciones de "ingeniería financiera" que caracterizaron su gestión en BANESTO.
Tras más de un año de investigaciones, en que declararon unos 164 testigos, el juez consideró que en BANESTO se cometieron dos delitos de apropiación indebida, cinco de estafa y uno de falsedad, y que en la mayor parte de ellos intervino Conde.
En el auto, contra el que no cabía recurso, se afirmaba que Conde retiró de la caja de BANESTO 300 millones de pesetas (2,4 millones de dólares) que utilizó para su beneficio, y que Garro se quedó con 1.727 millones de pesetas (17 millones de dólares) que deberían de haberse utilizado para pagar a proveedores del grupo.
También existen "indicios racionales" de que algunas sociedades de Romaní, Garro y Pérez Escolar se beneficiaron de las relaciones de BANESTO con el grupo DORNA y obtuvieron unos beneficios de 3.038 millones de pesetas.
Se acusaba también a Romaní y a Conde de haber transferido a sus sociedades las participaciones que BANESTO tenía en varias empresas y de vendérselas después al banco, con lo que provocaron un perjuicio a la entidad de 1.224 millones de pesetas, que utilizaron en su beneficio propio.
Según el auto, Romaní, Conde y Pérez Escolar se quedaron con 1.344 millones de pesetas que había pagado la sociedad Air Product por una opción de compra sobre de Carburos Metálicos, dinero que nunca se ingresó en BANESTO.
Otras operaciones registradas fueron las protagonizadas por BANESTO y por las sociedades de Conde y de su presunto testaferro, en las que ambos obtuvieron unos beneficios de unos 4.900 millones de pesetas.
El ├║ltimo delito recogido en el auto es el de falsedad cometido por Conde y su equipo al querer ocultar la verdadera situaci├│n patrimonial que atravesaba BANESTO, utilizando varios artificios contables para dar una visi├│n falsa de la realidad a los propios accionistas y a las autoridades bancarias.
García-Castellón, según explicaba en el auto hecho público 28 de mayo, consideraba que no había lugar para juzgar al financiero Jacques Hachuel como solicitaba BANESTO.
El juez decidió mantener, hasta que se celebrara el juicio, la situación de libertad provisional que disfrutaban los acusados, al no haber incumplido ninguno de ellos los compromisos que habían adquirido con el juzgado.